Herencias transfronterizas: ¿Qué ley se aplica a un extranjero que fallece en España?

ÓDICE ABOGADOS

Puntos clave:

  • Regla general europea: Según el Reglamento (UE) 650/2012 sobre herencias transfronterizas, la herencia de un extranjero residente en España se rige por la ley de su residencia habitual, salvo que haya dispuesto lo contrario.
  • Efecto involuntario: Si vives de forma permanente en la Costa del Sol y no dejas constancia por escrito, se aplicará el sistema español de legítimas obligatorias, limitando la libre disposición de tu patrimonio.
  • La solución (Professio Iuris): Puedes incluir una cláusula explícita en tu testamento otorgado en España para que se aplique la ley de tu nacionalidad.
  • Gestión tributaria local: Aunque se aplique tu ley nacional para decidir los herederos, los bienes situados en territorio español tributarán bajo la normativa fiscal autonómica y/o estatal de España.

El dilema de la herencia internacional en la Costa del Sol

La provincia de Málaga es el destino elegido por miles de residentes internacionales para su jubilación o para la gestión de sus activos inmobiliarios. No obstante, ante el fallecimiento de un ciudadano extranjero con inmuebles, vehículos o fondos bancarios en España, se plantea un dilema legal fundamental: ¿bajo qué normativa jurídica debe llevarse a cabo la adjudicación y distribución de dicho patrimonio?

Históricamente, la nacionalidad determinaba el régimen sucesorio. Sin embargo, la entrada en vigor de la normativa europea unificada cambió las reglas del juego, creando situaciones complejas para quienes no han realizado una planificación hereditaria adecuada.

El Reglamento Europeo 650/2012: La regla de la residencia habitual

El marco jurídico de las herencias transfronterizas en la Unión Europea está regulado por el Reglamento (UE) nº 650/2012. Esta norma establece un criterio principal de conexión:

  • Criterio de Residencia Habitual: La ley aplicable a la totalidad de la sucesión será la del Estado en el que el fallecido tuviera su residencia habitual en el momento del fallecimiento.

Esto implica que si un ciudadano británico, alemán, francés o estadounidense fallece residiendo formal y habitualmente en Benalmádena, Marbella o Málaga capital, la ley que determinará quiénes son sus herederos y en qué proporción será la ley civil española.

¿Por qué esto representa un problema si buscas libertad de testar?

En muchos ordenamientos jurídicos anglosajones y del norte de Europa existe una libertad casi absoluta para testar, permitiendo al titular dejar su patrimonio a las personas o entidades que desee.

En cambio, el sistema legal español (Código Civil y derechos forales) contempla la figura de los herederos forzosos y la legítima:

  • Un tercio de legítima estricta: Reservado obligatoriamente a los descendientes (hijos o nietos).
  • Un tercio de mejora: Destinado a favorecer a alguno de los hijos o descendientes.
  • Un tercio de libre disposición: El único porcentaje sobre el cual el testador puede decidir con total libertad.

Si un extranjero residente en España fallece sin haber planificado su sucesión, sus bienes se repartirán aplicando estas restricciones obligatorias de la ley española, al margen de cuál fuera su deseo real.

La ‘Professio Iuris’: La cláusula para elegir la ley de tu nacionalidad

Para evitar la aplicación automática de la ley española en las herencias transfronterizas, el propio Reglamento Europeo ofrece una herramienta jurídica clave: la elección de ley o professio iuris.

Mediante este mecanismo, cualquier persona puede declarar formalmente en su testamento que desea que la sucesión de la totalidad de sus bienes se rija por la ley del Estado de su nacionalidad.

Ventajas de incluir la Professio Iuris en un testamento en España:

  • Preserva tu voluntad: Mantienes la libertad de testar conforme al sistema de tu país de origen.
  • Evita la fragmentación: Una sola ley rige todo tu patrimonio global.
  • Seguridad y rapidez: Otorgar un testamento abierto ante notario en España simplifica enormemente la posterior adjudicación de bienes ante los registros españoles, evitando costosas legalizaciones y traducciones tras el fallecimiento.

Impuestos al heredar en Andalucía: Aspectos fiscales clave

En el ámbito de las herencias transfronterizas, es fundamental no confundir la ley civil que rige el reparto de la herencia con la ley fiscal que grava la sucesión.

Aunque elijas la ley de tu nacionalidad para repartir tus bienes, la propiedad inmobiliaria o los saldos bancarios ubicados en la Costa del Sol estarán sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en España.

En la Comunidad Autónoma de Andalucía, el marco fiscal actual es altamente favorable para familiares directos (cónyuges, hijos y padres):

  • Existe una bonificación del 99% sobre la cuota tributaria para familiares del Grupo I y II.
  • Los no residentes en España disfrutan exactamente de los mismos beneficios fiscales que los residentes comunitarios y no comunitarios, evitando cualquier discriminación tributaria.
  • Obligatoriedad de declarar: Es indispensable presentar el Modelo 650 en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento, incluso cuando la cuota final a pagar resulte 0 €, para evitar sanciones.

Ódice Abogados: Asesoramiento integral en herencias internacionales en la Costa del Sol

La correcta gestión de las herencias transfronterizas exige un dominio coordinado del Derecho Internacional Privado, el Derecho Civil español y la Fiscalidad Autonómica. Un error en la redacción del testamento o la omisión de la professio iuris puede desencadenar bloqueos bancarios, paralización de venta de inmuebles y pleitos familiares entre distintas jurisdicciones.

En Ódice Abogados asesoramos a la comunidad internacional de Benalmádena, Fuengirola, Málaga y toda la Costa del Sol en la planificación y resolución de herencias transfronterizas:

  • Planificación testamentaria: Redacción de testamentos notariales adaptados al Reglamento Europeo y a las leyes de tu país de origen.
  • Tramitación integral de herencias: Obtención de certificados de defunción, NIE para herederos no residentes, apoderamientos a distancia y legalización de documentos internacionales.
  • Optimización y liquidación fiscal: Cálculo y presentación del Impuesto de Sucesiones y de la Plusvalía Municipal ante las administraciones correspondientes.

Para analizar tu situación de forma personalizada, puedes ponerte en contacto con nuestro equipo a través de los siguientes canales:

  • Formulario online
  • Correo electrónico: info@odiceabogados.com
  • Teléfono fijo: 952 002 100
  • Teléfono móvil / WhatsApp: 681 047 617
abogado extranjeria

Preguntas frecuentes sobre herencias transfronterizas

Si ya tengo un testamento redactado en mi país de origen, ¿necesito hacer uno en España?

No es estrictamente obligatorio si el testamento de tu país cumple las formalidades internacionales, pero sí es muy recomendable en el marco de las herencias transfronterizas. Tener un testamento específico redactado ante un notario español para tus bienes situados en España acelera el proceso de adjudicación, evita el trámite de la Apostilla de La Haya y reduce de forma drástica los costes de traducción jurada y legitimación.

¿Qué ocurre si un extranjero fallece en España sin haber hecho testamento?

Se abre la llamada sucesión abintestato. En este tipo de herencias transfronterizas, si la persona tenía su residencia habitual en España, se aplicará el orden de herederos que marca el Código Civil español (hijos, ascendientes, cónyuge, etc.). Los familiares deberán tramitar una declaración de herederos abintestato, un proceso notablemente más lento y costoso que la ejecución de un testamento.

¿Tengo que pagar impuestos en España si heredé una casa en la Costa del Sol pero yo vivo en el extranjero?

Sí. En el ámbito de las herencias transfronterizas, cualquier inmueble ubicado en territorio español tributa en España por el Impuesto sobre Sucesiones y por la Plusvalía Municipal del ayuntamiento correspondiente, con independencia de dónde resida el heredero.

¿De cuánto tiempo disponen los herederos para tramitar la herencia en España?

El plazo legal para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y la Plusvalía Municipal es de 6 meses a contar desde la fecha del fallecimiento. Es posible solicitar una prórroga por otros 6 meses adicionales, siempre que se pida dentro de los primeros 5 meses del plazo inicial.

Compartir

Otros Artículos
Contacto

¿Necesitas asesoramiento y representación legal? En Ódice Abogados, despacho de abogados en Málaga, ofrecemos distintos medios de comunicación para que pueda contactar con nosotros.