Denegación de nacionalidad española 2023
La adquisición derivativa de la nacionalidad española supone adquirir de pleno derecho los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro español.
Sin embargo, en el proceso administrativo de adquisición de la nacionalidad española, existen determinadas causas que pueden derivar en una resolución de denegación, las cuales vamos a abordar a continuación.
Encontramos dos tipos de causas de denegación de la nacionalidad española: formales y sustanciales.
Causas de denegación de nacionalidad española
Formales:
La falta, defecto o error de los siguientes documentos, supondrá la desestimación de la solicitud.
- Presentación en modelo de solicitud normalizado por el Ministerio
- Tarjeta de identidad de extranjero
- Pasaporte
- Certificado de nacimiento
- Certificado de penales en el país de origen
- Certificado de empadronamiento
- Certificado de antecedentes penales en España.
- Diplomas del Instituto Cervantes.
Sustanciales:
- Denegación por disponer de antecedentes penales o por tener el certificado de antecedentes penales caducado.
- Tenencia de antecedentes policiales.
- Denegación por computar el tiempo de estancia como estudiante como si fuera de residencia.
- Denegación por presentación del expediente antes de cumplir el plazo mínimo de residencia legal y continuada anterior a la solicitud.
- Denegación por falta de buena conducta cívica.
- Denegación por falta de integración (desconocimiento del idioma, cultura e historia española).
- Denegación por falta de medios económicos estables.
- Otros motivos de la administración.
Recursos contra Denegación de Nacionalidad Española
En caso de denegación de nacionalidad española, hay que proceder conforme a las siguientes vías de actuación:
- Formular nueva solicitud
- Recurrir en reposición
- Acudir a la vía judicial contencioso administrativa
Formular de nuevo la solicitud de Nacionalidad Española
Puedes volver a iniciar el trámite de nacionalidad española subsanando aquellos defectos que impidieron prosperar el primero o bien, dejando pasar el tiempo necesario para cumplir los plazos de residencia continuada que marca la normativa.
Presentar un recurso de reposición
Otra opción es interponer un recurso administrativo con los hechos y fundamentos que creamos aplicables en nuestro beneficio.
Este recurso administrativo es potestativo y se debe presentar en el plazo de 1 mes desde la resolución desestimatoria y será resuelto por el mismo organismo que resolvió la solicitud que impugnamos. Por este motivo, esta vía suele resultar infructuosa.
Presentar una demanda contencioso-administrativa
Si tras haber procedido por las vías mencionadas, tu solicitud continúa denegada y consideras que se trata de un error, debes presentar una demanda contencioso-administrativa (vía judicial) en el plazo de 2 meses desde la resolución de denegación o desestimación del recurso de reposición.
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