Residencia por circunstancias excepcionales: cuándo aplica y cómo se tramita

ÓDICE ABOGADOS

Solicitar la residencia por circunstancias excepcionales en España es una opción legal que permite regularizar la situación de muchas personas extranjeras que, por diversos motivos, no cumplen los requisitos para obtener otros permisos de residencia ordinarios.

Desde Ódice Abogados, especialistas en extranjería en Málaga, te explicamos en qué consiste esta figura, qué modalidades existen, en qué casos se puede solicitar y cómo tramitarla paso a paso.

¿Qué es la residencia por circunstancias excepcionales?

La residencia por circunstancias excepcionales es un permiso que pueden solicitar las personas extranjeras que se encuentran en situación irregular en España, pero cuya situación personal, social o familiar justifica que se les conceda una autorización de residencia temporal por razones humanitarias, de integración o de interés público.

Esta figura está regulada en el Reglamento de Extranjería, y su finalidad principal es proteger los derechos fundamentales de personas que, por su arraigo o por circunstancias personales, no deben ser expulsadas del país.

¿Cuáles son los tipos de residencia por circunstancias excepcionales?

Existen distintas modalidades de residencia por circunstancias excepcionales, y cada una responde a una situación concreta:

Arraigo social

Es la modalidad más solicitada. Aplica a personas que:

  • Llevan al menos 2 años viviendo en España de forma continuada.
  • Tienen vínculos familiares con otras personas extranjeras titulares de una autorización de residencia (cónyuge o pareja de hecho registrada y familiares en primer grado en línea directa) y que se justifique disponer de medios económicos suficientes para su mantenimiento.
  • Presentan un informe de integración social emitido por las Comunidades Autónomas o, en su caso, por los Ayuntamientos, en caso de que no se acredite la existencia de ese tipo de vínculos familiares.

Arraigo familiar

Se concede a:

  • Padre o madre, o tutor de un menor, nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, siempre que al solicitar acredite residir en territorio nacional, tener a cargo al menor y convivir con éste o esté al corriente de sus obligaciones paternofiliales.
  • Quien preste apoyo a una persona con discapacidad, que sea nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que la persona solicitante sea su familiar, tenga a cargo a la persona con discapacidad y conviva con ella.

Arraigo sociolaboral

Permite regularizar la situación a quienes:

  • Cuentan con uno o varios contratos de trabajo que garanticen al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable, en el momento de la solicitud, en proporción a la jornada trabajada, y cuya suma represente una jornada semanal no inferior a veinte horas en cómputo global.
  • Llevan al menos 2 años viviendo en España de forma continuada.

Arraigo socioformativo

Autorización introducida por el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre. Está pensada para quienes:

  • Llevan al menos 2 años en España.
  • Estén matriculadas o cursando alguna de las formaciones referidas en los artículos 52.1.b) y 52.1.e) 5º del Real Decreto 1155/2024 (RLOEX), a la oferta presencial de enseñanzas obligatorias dentro de la educación de personas adultas o se comprometan a realizar una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo en España orientada al desempeño de ocupaciones incluidas en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura de las Comunidades Autónomas. 
  • Justifiquen la integración en la sociedad española a través de un informe de integración social emitido por la Comunidad Autónoma o, en su caso, por el Ayuntamiento.

Arraigo de segunda oportunidad

En este caso, se concede la residencia a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y hayan sido titulares de una autorización de residencia que no hubiera sido otorgada por circunstancias excepcionales, en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, y cuya renovación no se hubiera producido por motivos distintos a razones de orden público, seguridad y salud pública. No obstante, será posible solicitarlo si existe sentencia denegatoria, sobreseimiento o absolución de la pena.

¿Quién puede solicitar la residencia por circunstancias excepcionales?

Pueden solicitar este tipo de residencia todas las personas extranjeras en situación irregular en España que cumplan los requisitos específicos de alguna de las modalidades anteriores.

A diferencia de otros permisos, no es necesario haber entrado legalmente al país, lo que lo convierte en una vía fundamental para muchas personas que han permanecido sin papeles durante años.

¿Cómo se tramita la residencia por circunstancias excepcionales?

La solicitud debe presentarse ante la Oficina de Extranjería correspondiente al lugar de residencia del solicitante. El procedimiento general es el siguiente:

Paso 1: Reunir la documentación necesaria

La documentación varía según el tipo de arraigo, pero en general incluye:

  • Pasaporte completo.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Pruebas de permanencia en España (contratos de alquiler, envíos de dinero, informes médicos…).
  • Certificados de antecedentes penales.
  • Documentación específica según el tipo de arraigo (por ejemplo, contrato de trabajo, vínculos familiares, informe de integración…).

Paso 2: Presentar la solicitud

Puede hacerse:

  • Presencialmente en la Oficina de Extranjería.
  • De forma telemática, si se dispone de certificado digital.
  • A través de representante legal (como un abogado especializado).

Paso 3: Esperar resolución

El plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se entiende denegada por silencio administrativo.

Paso 4: Tramitar la tarjeta de identidad (TIE)

Una vez concedida la residencia, se debe acudir a la comisaría correspondiente para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

¿Cuáles son los beneficios de obtener este permiso?

Conseguir la residencia por circunstancias excepcionales permite:

  • Acceder a una residencia legal en España, por un año.
  • Obtener permiso para trabajar (en muchas modalidades).
  • Iniciar el camino hacia la residencia de larga duración o la nacionalidad española.
  • Estabilizar la situación personal y familiar del solicitante.

Ódice Abogados – Abogados especializados en extranjería en Málaga

En Ódice Abogados llevamos años ayudando a personas en situación irregular a obtener su residencia legal en España. Sabemos que cada historia es diferente, por eso ofrecemos un trato cercano, claro y totalmente adaptado a tu situación personal.

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Servicios jurídicos en residencia por circunstancias excepcionales

En Ódice Abogados ofrecemos un acompañamiento legal completo, adaptado a cada caso. Si estás pensando en solicitar este tipo de residencia, podemos ayudarte con:

  • Valoración inicial personalizada, para confirmar si cumples los requisitos y qué tipo de autorización encaja mejor con tu situación (arraigo social, sociolaboral, familiar, segunda oportunidad…).
  • Preparación y revisión de toda la documentación exigida por Extranjería, evitando errores comunes que pueden retrasar el proceso o causar una denegación.
  • Presentación telemática o presencial de la solicitud, con seguimiento activo del expediente hasta su resolución.
  • Representación legal ante posibles requerimientos de Extranjería o recursos en caso de denegación.

¿Necesitas ayuda para iniciar tu solicitud?

Si estás en situación irregular o conoces a alguien que lo esté, la residencia por circunstancias excepcionales puede ser el camino para regularizar su situación en España.

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