¿Alguna vez se te ha pasado por la cabeza dejar tu trabajo de forma temporal? Si tu respuesta es sí, entonces, has de saber que existe la posibilidad de hacerlo: solicitar una excedencia voluntaria. No obstante, debe realizarse respetando los límites establecidos por la ley.
En este artículo, definiremos el concepto de “excedencia”, explicaremos qué tipos hay y nos centraremos en la “excedencia voluntaria” para informarte sobre los requisitos para solicitarla y comentar las posibles ventajas y desventajas para el trabajador.
Tipos de excedencia en España
Cuando hablamos de excedencia, nos referimos al derecho que tienen los trabajadores por cuenta ajena, de suspender el contrato de trabajo de forma temporal. Sin embargo, dentro de las excedencias, podemos encontrar tres tipos y subtipos.
- Excedencias Voluntarias, clasificadas en:
- Excedencias por cuidado de hijos
- Excedencias por cuidado de familiares
- Excedencia laboral por intereses particulares
- Excedencia Laboral Forzosa: se concede para ejercer funciones sindicales de ámbito provincial o superior o, ser elegido para un cargo público que no sea compatible con el contrato de trabajo vigente.
- Excedencias Pactadas (suspensión por mutuo acuerdo entre el trabajador y la empresa en los términos pactados).

¿Qué es una excedencia voluntaria y cuáles son los requisitos para solicitarla?
Según el Estatuto de los Trabajadores (art. 46.2): «El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria. En los supuestos de excedencias voluntarias por cuidado de hijo o familiares, el plazo máximo será de tres y dos años, respectivamente (art. 46.3 ET).
Por lo tanto, el trabajador tiene derecho a solicitar una suspensión temporal de su contrato laboral a fin de no ejercer sus labores y por consiguiente, la empresa no ha de pagar el salario ni cotizar por el trabajador.
De la misma manera, cuando se trata de una excedencia voluntaria por intereses particulares, el trabajador puede solicitarla sin justificar la causa, siempre y cuando no incumpla la buena fe, un pacto o una cláusula de contrato. Normalmente, suele estar relacionada con causas familiares e intereses personales.
Requisitos para solicitar una excedencia voluntaria
Lo primero que has de tener en cuenta antes de iniciar este trámite es que, si bien no se establece en el Estatuto de los Trabajadores un plazo de preaviso, es recomendable comunicarlo a la empresa con antelación suficiente (salvo que el convenio aplicable establezca un plazo de preaviso concreto) y debes cumplir los siguientes requisitos:
- El trabajador debe tener al menos un año de antigüedad en la empresa.
- Que hayan transcurrido 4 años desde la finalización de una excedencia voluntaria anterior, si la hubiera. La solicitud suele realizarse por escrito y, en el documento, debe constar tanto la fecha en la que el trabajador abandona el puesto, como la fecha de reincorporación. Por otra parte, el empleado no podrá dejar su puesto de trabajo hasta que se confirme la concesión; sin embargo, si esta es denegada, el trabajador puede demandar a la empresa en defensa de su derecho -aunque deberá continuar ejerciendo sus labores hasta que se resuelva el procedimiento judicial.
Desventajas de la excedencia voluntaria
- No garantiza la incorporación:
Uno de los principales problemas de la excedencia voluntaria es que el reingreso en el mismo puesto de trabajo no está asegurado (a excepción de la excedencia voluntaria por cuidado de hijo y de familiar durante el primer año), ya que la empresa está en su derecho de contratar a otra persona para cubrir las labores.
Si en el momento en el que el trabajador ha de incorporarse, la empresa no dispone de ninguna vacante, la empresa deberá dar prueba de que no hay un puesto vacante y el trabajador no podrá reingresar pero mantendrá su excedencia por tiempo indefinido.
A partir de ese momento, el trabajador tendrá derecho a ocupar cualquier puesto de trabajo que necesite ser cubierto por la empresa. En caso de que la empresa no lo haga, el trabajador podrá tomar medidas legales para solicitar su reingreso.
- No conservarás tu puesto de trabajo:
En relación al punto anterior, es bastante común que, en el momento de la reincorporación, la empresa no disponga del puesto de trabajo previo a la excedencia, ya que se suele cubrir en un corto periodo de tiempo.
- Reingreso anticipado a la empresa:
El trabajador no podrá solicitar el reingreso antes de la fecha concedida en la excedencia, así como la empresa tampoco podrá exigir la incorporación al puesto hasta que no finalice el periodo de excedencia. No obstante, si ambas partes están interesadas en que se realice un reingreso anticipado, pueden llegar a un acuerdo.
- No cotizarás a la seguridad social.
- No acumularás antigüedad en la empresa.
- El trabajador no tiene derecho a prórroga de la excedencia voluntaria solicitada:
No obstante, en el supuesto de la excedencia voluntaria por intereses particulares, si bien sólo podrá ejercitarse nuevamente este derecho por el trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la última excedencia voluntaria, cabe acuerdo entre el trabajador y la empresa para fijar una prórroga de dicha excedencia.
- Estoy de excedencia voluntaria, ¿puedo solicitar el paro?
El SEPE es muy claro al respecto y ha creado un artículo en el que explica cuándo tienes derecho a desempleo: si solicitas la prestación por desempleo al estar en la situación de excedencia voluntaria, se denegará porque no tienes situación legal de desempleo.
¿Puedo trabajar en otra empresa durante mi excedencia voluntaria?
Sí, durante la excedencia puedes trabajar en otra empresa y en caso de finalización de contrato por causas ajenas a tu voluntad, podrás solicitar la prestación por desempleo y optar a ella en los siguientes casos:
- Si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado cuando se produce la situación legal de desempleo. En este caso, si la duración de la prestación supera la de la excedencia, cobrará la prestación hasta que finalice dicha excedencia y en ese momento, la prestación se suspenderá, ya que debe solicitar su reincorporación a la empresa y esperar su respuesta. Si la empresa manifiesta la imposibilidad de aceptar su reincorporación por falta de vacante adecuada, o deniega la misma en ese momento pero admite el reingreso en una fecha futura, podrá continuar percibiendo la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice.
- Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya hubiera transcurrido cuando solicita la prestación por desempleo o no estuviera previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida. En este caso, es obligatorio solicitar primero el reingreso en la empresa. Mientras la empresa no le responda, no es posible resolver la solicitud de prestación por desempleo, por no tener situación legal de desempleo. Si la empresa responde que en ese momento no se puede reincorporar, ya tendría situación legal de desempleo y se podría resolver su solicitud de prestación.
Ahora que ya conoces en detalle qué implica solicitar una excedencia voluntaria, ¿continúas interesado/a en iniciar el trámite? Si es así, desde Ódice Abogados, despacho de abogados especializado en derecho laboral, podemos asesorarte y gestionar tu excedencia para que no tengas ningún problema. ¡Será un placer!