Renunciar a la herencia. ¿Tengo que pagar impuestos?

ÓDICE ABOGADOS

Puntos clave:

  • Tipo de renuncia: La clave fiscal reside en si decides renunciar a la herencia mediante la modalidad «pura y simple» o «traslativa» (a favor de alguien).
  • Impuesto de Sucesiones (ISD): En una renuncia pura y simple, el renunciante no tributa; el impuesto recae en los siguientes herederos en la línea sucesoria.
  • La Renuncia Traslativa: Si renuncias en favor de una persona concreta, Hacienda lo considera una donación o una doble transmisión, lo que dispara la carga fiscal.
  • Plusvalía Municipal: Al renunciar formalmente, el heredero se libera de la obligación de pagar este impuesto local sobre los inmuebles.
  • Plazos: Es fundamental renunciar antes de que prescriba el impuesto y, sobre todo, antes de realizar cualquier acto que implique la «aceptación tácita» de la herencia.

El aumento de las deudas privadas y la complejidad de las cargas hipotecarias han provocado que la renuncia a la herencia sea una de las consultas más frecuentes en nuestro despacho de abogados. Sin embargo, surge siempre la misma duda: ¿Me costará dinero decir «no» a una herencia?

En este artículo, desde Ódice Abogados, despacho de abogados de Derecho de Sucesiones y Herencias en Málaga, analizamos los puntos clave y las novedades legales para que entiendas el impacto fiscal de renunciar a la herencia. 

La diferencia entre renuncia pura y simple vs. renuncia traslativa

Para entender si vas a pagar impuestos, primero debemos identificar qué tipo de renuncia estás realizando. Este es el punto donde la mayoría de los herederos comete errores costosos.

  • Renuncia Pura y Simple: Se da cuando el heredero rechaza su parte de forma absoluta, sin designar a nadie que deba recibirla en su lugar. En este caso, la cuota del renunciante pasa a los herederos que establece la ley o el testamento. Para Hacienda, el renunciante nunca ha sido dueño de nada, por lo que no debe pagar el Impuesto de Sucesiones al renunciar a la herencia de esta manera.
  • Renuncia Traslativa (o en favor de alguien): Si renuncias diciendo «renuncio en favor de mi hermano», legalmente se interpreta que primero has aceptado la herencia y luego se la has regalado a tu hermano. Esto genera un doble impuesto: tú pagas el Impuesto de Sucesiones por recibirla, y tu hermano paga el Impuesto de Donaciones por recibirla de ti.

En Ódice Abogados siempre recomendamos realizar un estudio previo para determinar cuál es la vía más eficiente antes de renunciar a la herencia. A veces, una renuncia mal redactada puede convertir una intención de ayuda en un problema fiscal para ambas partes.

¿Qué ocurre con el Impuesto de Sucesiones (ISD) al renunciar?

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es el tributo principal en estos casos. En 2026, aunque algunas comunidades autónomas como Andalucía mantienen bonificaciones importantes para familiares directos, el impuesto sigue siendo una preocupación para quienes se plantean renunciar a la herencia.

Si realizas una renuncia pura, simple y gratuita, quedas fuera del radar de la Agencia Tributaria. El impuesto no desaparece, simplemente se «desplaza». El siguiente en la línea sucesoria (por ejemplo, tus hijos o tus hermanos) será quien deba liquidar el impuesto por la parte que tú has rechazado al renunciar a la herencia. Un detalle importante es que los nuevos beneficiarios tributarán según su propio grado de parentesco con el fallecido, no según el tuyo.

Es fundamental que la renuncia se formalice antes de que prescriba el impuesto (habitualmente 4 años, 6 meses y un día desde el fallecimiento). Si decides renunciar a la herencia después de la prescripción, Hacienda considerará que estás haciendo una donación a los demás herederos, lo que anula los beneficios fiscales de la renuncia pura.

La Plusvalía Municipal: ¿Quién la paga si renuncio?

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como Plusvalía Municipal, es un tributo local que grava el aumento de valor del suelo de los inmuebles heredados.

Una de las grandes ventajas de la renuncia es la liberación de este pago. Si renuncias a la herencia de forma efectiva, no eres el sujeto pasivo del impuesto. Por lo tanto, el Ayuntamiento no podrá reclamarte el pago de la plusvalía de ese piso en la Costa del Sol o esa casa en el centro de Málaga. Al igual que con el ISD, la obligación de pago se trasladará a quien finalmente acepte el inmueble.

Como abogados de herencias en Málaga, vemos a menudo cómo este impuesto es el factor decisivo para renunciar, especialmente en propiedades con valores catastrales altos donde el impuesto puede ascender a miles de euros.

El peligro de la «Aceptación Tácita» antes de la renuncia

Este es, posiblemente, el punto más delicado de todo el proceso en 2026. La ley establece que una herencia puede aceptarse de forma expresa (ante notario) o de forma tácita.

La aceptación tácita ocurre cuando el heredero realiza actos que suponen la intención de ser dueño de los bienes. Ejemplos comunes incluyen:

  • Vender muebles o enseres de la casa del fallecido.
  • Cobrar créditos o deudas que pertenecían al causante.
  • Pagar deudas de la herencia con dinero de la propia herencia.
  • Inscribir bienes a su nombre en registros oficiales.

Si Hacienda o un acreedor demuestra que has aceptado la herencia tácitamente, ya no podrás renunciar. Te convertirás en heredero a todos los efectos, incluyendo el pago de impuestos y deudas. Por ello, si tienes dudas sobre si aceptar o renunciar, no toques los bienes del fallecido hasta haber consultado con un profesional.

Renunciar a una herencia con deudas: Beneficio de Inventario

En ocasiones, el heredero no quiere renunciar porque sí, sino porque teme que las deudas superen a los bienes. Actualmente, la legislación facilita el acceso al Beneficio de Inventario. Esta es una alternativa a la renuncia pura que permite al heredero aceptar la herencia, pero limitando su responsabilidad por las deudas; es decir, las deudas del fallecido se pagan solo con los bienes que este dejó, sin que el patrimonio personal del heredero se vea afectado.

Si tras pagar todas las deudas queda algo de dinero o patrimonio, el heredero lo recibe. Si no queda nada, al menos no ha tenido que poner dinero de su bolsillo. No obstante, este proceso es técnicamente complejo y requiere plazos notariales muy estrictos, por lo que la gestión por un despacho de abogados en Málaga especializado en sucesiones es imperativa.

Ódice Abogados – Despacho de Derecho de Sucesiones y Herencias en Benalmádena, Málaga

En Ódice Abogados, como expertos en herencias en Benalmádena, Málaga, ofrecemos un servicio de asesoramiento integral para ayudarte a decidir si la renuncia es la mejor opción para ti.

Realizamos un análisis patrimonial completo, valoramos el impacto del Impuesto de Sucesiones y la Plusvalía, y te protegemos frente a posibles reclamaciones de acreedores. Ya sea en nuestra sede de Benalmádena o de forma online para toda la provincia o el resto de España, garantizamos un blindaje legal que te permita dormir tranquilo.

Si buscas un abogado de herencias en Málaga que hable de forma clara, sea transparente con los costes y defienda tus intereses frente a Hacienda, contacta con nosotros a través de este formulario y te responderemos en menos de 24 horas.

Preguntas Frecuentes

¿Tengo que ir al notario para renunciar a una herencia?

Sí, la renuncia a la herencia debe ser siempre expresa y formalizarse en Escritura Pública ante Notario. Un documento privado o una carta no tienen validez legal para este fin.

¿Puedo renunciar solo a las deudas y quedarme con los bienes?

No. La herencia se acepta o se renuncia en su totalidad. No es posible realizar una aceptación parcial, salvo que se utilice la figura del beneficio de inventario comentada anteriormente.

¿Si renuncio a la herencia, también pierdo el seguro de vida?

No necesariamente. Los seguros de vida suelen tener beneficiarios designados de forma independiente a la condición de heredero. Podrías renunciar a la herencia y cobrar el seguro de vida si figuras como beneficiario en la póliza.

¿Mis hijos heredarán si yo renuncio?

Depende. En una renuncia pura y simple, tu parte pasará a los siguientes herederos según el testamento o la ley. Si tienes hijos, habitualmente ellos pasarán a ocupar tu lugar por el «derecho de representación», a menos que el testamento diga lo contrario.

¿Qué coste tiene renunciar a una herencia?

El coste principal es el arancel notarial (suele rondar los 60-100 euros) y los honorarios del abogado que te asesore para asegurar que la renuncia no tenga fugas fiscales. No es un proceso caro comparado con los impuestos que podrías ahorrar.

¿Puedo arrepentirme después de haber renunciado ante notario?

No. La renuncia es irrevocable. Una vez firmada la escritura pública de renuncia, no hay marcha atrás, por lo que es fundamental estar 100% seguro antes de acudir a la notaría.

¿Qué pasa si todos los herederos renuncian?

Si todos los familiares de todos los grados renuncian a la herencia, el heredero final es el Estado (o la Comunidad Autónoma, según el caso). El Estado siempre acepta las herencias a beneficio de inventario.

¿Me pueden obligar a pagar el impuesto si aún no he decidido si renuncio?

Tienes la obligación de presentar la liquidación del impuesto en el plazo de 6 meses. Sin embargo, puedes solicitar una prórroga de otros 6 meses adicionales mientras decides tu postura sobre renunciar a la herencia, evitando así sanciones por demora.

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