Si vas a recibir una herencia o realizar una donación en vida, debes saber que el Catastro para inmuebles heredados ha introducido nuevos requisitos en la inscripción o modificación de inmuebles. Estos cambios afectan directamente a la regularización registral y pueden influir en los plazos y costes del proceso.
En este artículo te explicamos en qué consisten estas novedades y qué pasos debes tener en cuenta si vas a heredar o donar una vivienda, terreno u otro tipo de inmueble en España.
¿Qué es el Catastro?
El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda donde figuran los datos físicos, económicos y jurídicos de todos los bienes inmuebles en España. Aunque no tiene valor registral (eso corresponde al Registro de la Propiedad), es fundamental para la gestión del IBI, la Plusvalía y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Novedades del Catastro para inmuebles heredados y donados
Desde 2024, con la actualización de criterios técnicos y de control, la Dirección General del Catastro exige mayor precisión y documentación para aceptar cambios de titularidad derivados de herencias y donaciones.
Estas son algunas de las novedades más relevantes en el Catastro para inmuebles heredados:
Aportación obligatoria de planos georreferenciados
En muchos casos, ya no basta con una simple descripción en escritura. Si hay discrepancias en superficie o linderos, será necesario aportar planos georreferenciados con coordenadas UTM, elaborados por un técnico competente.
Justificación de discrepancias entre escritura y catastro
Si el inmueble figura con una superficie o uso diferente en el Catastro respecto a la escritura de donación o herencia, se deberá justificar documentalmente la diferencia mediante informes técnicos o certificaciones catastrales previas.
Coordinación con el Registro de la Propiedad
En los procesos de herencia o donación que impliquen una inscripción registral posterior, se exigirá una mayor coherencia entre los datos del Catastro y del Registro, conforme al artículo 10 de la Ley Hipotecaria.
Titularidad compartida: nuevos criterios
En caso de donaciones parciales o herencias entre varios herederos, el Catastro requiere ahora una declaración expresa de porcentajes de participación y documentación que acredite las adjudicaciones con claridad.
Plazo de comunicación obligatorio
Tanto los donatarios como los herederos tienen la obligación de comunicar al Catastro para inmuebles heredados la transmisión en un plazo de dos meses desde que se formaliza la escritura. No hacerlo puede derivar en sanciones o dificultades fiscales posteriores.

¿Cómo afecta esto a herencias y donaciones?
Estos nuevos requisitos del Catastro para inmuebles heredados pueden alargar el proceso si no se prevé con antelación. Además, un error en la declaración catastral puede afectar:
- Al cálculo del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
- A la inscripción en el Registro de la Propiedad.
- A la futura venta o transmisión del inmueble.

¿Qué recomendamos desde Ódice Abogados?
Si vas a donar un inmueble o eres heredero de una propiedad, es fundamental contar con asesoramiento legal especializado que revise la escritura, los datos del Catastro para inmuebles heredados y coordine todo el proceso con notaría y registro para evitar errores o retrasos.
En Ódice Abogados te ayudamos a:
- Revisar los datos registrales y catastrales de tu inmueble.
- Tramitar correctamente la donación o aceptación de herencia.
- Coordinar con técnicos si se requieren planos o informes.
- Gestionar el cambio de titularidad ante el Catastro y Hacienda.
Abogados expertos en derecho inmobiliario
En Ódice Abogados, contamos con un equipo especializado en derecho inmobiliario y sucesiones que te asesora en todo el proceso de donación o herencia de inmuebles. Nuestro enfoque combina el conocimiento jurídico con una gestión ágil y personalizada para garantizar la seguridad legal y fiscal de tu patrimonio.
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