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La pensión de jubilación en Málaga

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¿Qué es la pensión de jubilación?

Se trata de una prestación económica que consiste en una pensión vitalicia, única e imprescriptible, que se concede al trabajador cuando, a causa de la edad, cesa en su vida laboral de forma total o parcial.

  • Jubilación total: cuando cumpliendo los requisitos generales para el acceso a la pensión de jubilación el trabajador cese totalmente en su actividad laboral.

AñoPeríodos cotizadosEdad de jubilación
201335 años y 3 meses o más Menos 35 años y 3 meses65 años 65 años y 1 mes
201435 años y 6 meses o más Menos 35 años y 3 meses65 años 65 años y 2 meses
201535 años y 9 meses o más Menos 35 años y 3 meses65 años 65 años y 3 meses
201636 años o más años Menos 36 años65 años 65 años y 4 meses
201736 años y 3 meses o más Menos 36 años y 3 meses65 años 65 años y 5 meses
201836 años y 6 meses o más Menos 36 años y 6 meses65 años 65 años y 6 meses
201936 años y 9 meses o más Menos 36 años y 9 meses65 años 65 años y 8 meses
202037 años o más Menos de 37 años65 años 65 años y 10 meses
202137 años y 3 meses o más Menos 37 años y 3 meses65 años 66 años
202237 años y 6 meses o más Menos 37 años y 6 meses65 años 66 años y 2 meses
202337 años y 9 meses o más Menos 37 años y 9 meses65 años 66 años y 4 meses
202438 años o más Menos 3865 años 66 años y 6 meses
202538 años y 3 meses o más Menos 38 años y 3 meses65 años 66 años y 8 meses
202638 años y 3 meses o más Menos 38 años y 3 meses65 años 66 años y 10 meses
A partir de 202738 años y 6 meses o más Menos 38 años y 6 meses65 años 67 años
Fuente: Instituto Santa Andalucía – Elaboración con datos de la Seguridad Social

  • Jubilación parcial: posibilita la compatibilidad entre el percibo de una jubilación del sistema de la Seguridad Social y un puesto de trabajo a tiempo parcial.

Podrán acogerse a esta modalidad los trabajadores que hayan cumplido la edad ordinaria de jubilación, y cumplan los requisitos siempre que se reduzca su jornada de trabajo entre un mínimo de un 25 por 100 y un máximo de un 50 por 100, sin necesidad de la celebración simultánea de un contrato de relevo.

Pensión de jubilación: requisitos

  • Edad: Tener cumplida la edad ordinaria, salvo excepciones.
  • Período mínimo de cotización: Quince años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Hecho causante:
    • Trabajadores en alta: El día del cese en la actividad.
    • Trabajadores asimilados al alta: el día de presentación de la solicitud excepto, en excedencia forzosa, el día del cese en el cargo y en el caso de traslado fuera del territorio nacional, el día del cese en el trabajo.
    • Trabajadores en no alta: El día de presentación de la solicitud.

Incompatibilidades de la pensión de jubilación

El percibo de la pensión de jubilación es incompatible con:

  • La realización de cualquier trabajo del pensionista, por cuenta ajena o propia, que dé lugar a su inclusión en el sistema de la Seguridad Social.
  • El desempeño de un puesto de trabajo en el sector público o de los altos cargos.

No obstante, la pensión podrá compatibilizarse con los siguientes trabajos:

  • Los trabajos por cuenta propia por los que perciba unos ingresos anuales que no superen el salario mínimo interprofesional en cómputo anual.
    • El ejercicio de la actividad desarrollada por cuenta propia por los profesionales colegiados.
    • Las personas que «accedan» a la jubilación podrán compatibilizar el percibo de la pensión con un trabajo a tiempo parcial en los términos establecidos (jubilación parcial).
    • Los pensionistas de jubilación podrán compatibilizar el percibo de la pensión «causada» con un trabajo a tiempo parcial en los términos establecidos (jubilación flexible).

Como pensionista está obligado, antes de iniciar las actividades, a comunicar tal circunstancia a la entidad gestora respectiva.

Simulador de la pensión de jubilación

La Seguridad Social pone a la disposición del ciudadano un servicio que permite simular la edad con la que se puede jubilar y la cuantía aproximada en base a los datos y cotizaciones realizadas hasta el día de hoy.

¿Qué necesita para realizarlo?

  • Una vez identificado en Tu Seguridad Social, acceda al apartado “Trabajo” y pulsa en “Simular tu jubilación”.

Enlace directo: Seguridad Social

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Desde Ódice Abogados ofrecemos un asesoramiento especializado según las necesidades concretas demandadas por nuestros clientes en materia Laboral y Seguridad Social en Málaga.

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